A cinco meses de la vigencia de la ordenanza de uso de plástico aprobada por el Concejo Municipal de Guayaquil, un nuevo ordenamiento dispuesto por la Prefectura del Guayas genera discusión por el tema.

El alcalde Jaime Nebot este miércoles comentó que Guayaquil no acatará la Ordenanza de la Prefectura sobre regulación del plástico. “Aquí no le vamos a hacer caso a esta sinvergüencería”, refutó al declarar lo inconstitucional de esa medida promulgada por el Consejo Provincial del Guayas liderado por Mónica Becerra.

Indicó que la ordenanza emitida por la Prefectura, el pasado 5 de febrero, que regula el plástico de un solo uso, no tiene eficacia jurídica.

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En la ordenanza de la Prefectura se estipula que el Cootad determina en su art. 136 que los gobiernos provinciales deben velar por la “gestión ambiental, la defensoría del ambiente y la naturaleza, en el ámbito de su territorio...”.

La competencia del Consejo Provincial no puede invadir las competencias municipales, señaló Nebot. “El Consejo provincial no puede pavimentar las calles en Guayaquil porque no tiene competencia... peor va a decir a los municipios qué es lo que tiene que hacer”, agregó y citó que se trataría de una “sinvergüencería en complicidad con malos empresarios y malos funcionarios”.

Señaló que la ordenanza de la Prefectura tendrá vigencia dentro del área de competencia, que es el sector rural, no el área municipal. Agregó que la ordenanza de la Prefectura amplía los plazos en comparación con la ordenanza de Guayaquil. En la misma se estipulan plazos de 9 a 21 meses para sustituir ciertos lapsos.

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En la norma municipal se señala que se debe sustituir con producto biodegradable o con un producto reciclado hasta el 70%. Además se dispone reemplazar materiales de fabricación de plásticos de un solo uso. Por ejemplo, los sorbetes en seis meses deben ser reemplazados por material que sea 100% biodegradables.

Gustavo Manrique, de la consultora ambiental Sambito, en la presentación de la iniciativa municipal dijo que se busca concienciar el uso de plástico partiendo de quienes fabrican los productos, “quitando presión a la naturaleza”.

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La Asociación Ecuatoriana de Plásticos este miércoles a un pedido de este Diario prefirió no pronunciarse del tema. (I)

Ordenanza prefectura

Art 12. Trancurrido un plazo de 9 meses se prohíbe el comercio de fundas o bolsas plásticas desechables. De 9 meses a 21 meses deben reemplazar por material 50% reciclado.

Art 13 y 14. Transcurrido 36 meses se debe reemplazar vasos y tazas plásticas por material 100% biodegradable. Tendrán plazo de 9 a 21 meses para fabricar con 50% de material reciclado.

Art 15 y 16. Artículos a base de Foam se prohíbe el comercio en 36 meses. Tendrá de 9 a 21 meses para fabricar con 12,5% a 50% de material reciclado.

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Art 17 y 18. En un plazo de 36 meses se prohíbe comercio de sorbetes, en un plazo de 9 a 21 meses se deberán fabricar con un 50% de material reciclados o ser 100% biodegradables.

Ordenanza municipal

Art 5. Se prohíbe comercio de sorbetes en 6 meses, deberán ser reemplazados por materiales 100% biodegradables o reutilizables.

Art 9. Transcurrido un plazo de 6 meses se prohíbe fabricación, comercio y distribución de fundas plásticas. De 6 a 21 meses de plazo para elaborar con 35% al 70% de material reciclado o ser 100% biodegradables.

Art. 7 y 10. En un plazo de 36 meses se prohíben envases de un solo uso de foam y tarrinas plásticas de un solo uso. Deberán reemplazar su producción por material reutilizable, 100% biodegrable o material reciclado al 70%.